Para responder a las denuncias de abuso, la Comisión ha elaborado un Modelo para las Líneas guía locales, que incluyen los siguientes principios:
- Deben basarse en el compromiso de establecer la verdad y trabajar para la curación.
- Debe hacerse una declaración clara sobre el cumplimiento de los requisitos de las autoridades civiles y eclesiásticas. Cuando las Conferencias Episcopales incluyen a más de un país o un país con una estructura federal, se debe indicar claramente que la Iglesia cumplirá con la autoridad competente. Esto debe incluir todo requisito civil de denuncia obligatoria.
- Al definir el abuso sexual, las líneas guía deben referirse a la definición que se da en el Motu Proprio Sacramentorum sanctitatis tutela (SST).
- Los procedimientos deben dejar en claro que se aplican tanto a los clérigos como a los religiosos.
- También se necesitarán procedimientos para el personal laico y voluntarios que tengan acceso a menores y adultos vulnerables al desarollar su trabajo en la Iglesia. Si hubiera políticas y procedimientos diferentes para cada categoría de personal, deberían incluirse en un único documento, como un manual o una guía.
- Debe haber una declaración explícita sobre remitir la información acerca de una conducta delictiva a la policía o a la autoridad competente.
- Se necesitarán procedimientos para investigar las denuncias no presentadas ante la policía - por ejemplo, si el acusado ha fallecido o si la conducta denunciada no es ilegal en la legislación estatal, pero viola el código de conducta de la Iglesia.
- Los procedimientos de investigación deberían ser sólidos y transparentes. La experiencia sugiere que se debe incluir personas laicas adecuadamente formadas y capacitadas para garantizar la independencia.
- Los procedimientos deberían incluir disposiciones para proporcionar una ayuda adecuada a la persona que reporta un abuso o una sospecha de abuso.
- Los procedimientos deberían incluir un apoyo apropiado para los acusados.
- Los procedimientos deberían incluir medidas cautelares, tales como apartarse temporalmente del ministerio y si el demandado es un clérigo (diácono, sacerdote, obispo) el proceso debe seguir lo previsto en las disposiciones del SST .
- Los procedimientos deberían delinear claramente los resultados para los demandantes.
- Los procedimientos deberían establecer cómo los resultados de cada denuncia serán compartidos con los demandantes, los fieles y la sociedad.
- Los procedimientos deberían delinear claramente los resultados para el acusado - y si el acusado es un clérigo deberían incluir las disposiciones del SST sobre denuncias a la Congregación para la Doctrina de la Fe.
- Los procedimientos deberían delinear la posibilidad de que el demandante y el acusado soliciten una revisión del resultado final.
Las líneas guía deberían dejar en claro que la Iglesia no pretende cubrir las denuncias ni comprar el silencio de una víctima o sobreviviente y que las diócesis y las congregaciones religiosas no celebrarán acuerdos que obliguen a las partes a la confidencialidad, a menos que la víctima o sobreviviente lo solicite y se especifique en el texto del acuerdo.